![Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Madrid](https://imagenes.20minutos.es/files/image_640_360/files/fp/uploads/imagenes/2021/07/12/oficina-del-servicio-publico-de-empleo-estatal-sepe-en-madrid.r_d.960-540.jpeg)
Los mayores de 52 años, tal y como recoge el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tienen derecho a un subsidio por desempleo en caso de haber agotado la prestación contributiva. Para optar a ella es necesario etar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad que obliga a buscar activamente empleo. Sin embargo, el SEPE advierte en su página web de una serie de supuestos que suponen infracciones y que en última instancia pueden privar de la concesión de esta prestación.
Una de las infracciones graves se trata, precisamente, de rechazar una oferta de empleo que el SEPE considere "adecuada" y que haya sido ofrecida ya sea por el servicio público de empleo como por agencias de colocación. Rechazar un puesto de trabajo cuando se está cobrando esta prestación es, salvo causa justificada, una infracción grave.
Para estas infracciones, la administración pública contempla, en su tabla de sanciones, una pérdida de 3 o 6 meses de la prestación o una extinción de la misma en el caso de que haya ocurrido en reiteradas ocasiones
Negarse a programas de empleo conlleva sanción
El servicio público contempla entre sus infracciones graves, además, que negarse a participar en programas de empleo o de colaboración social, inserción laboral o acciones de promoción, formación o reconversión profesional, que ofrezcan los servicios públicos de empleo, por lo que sería una acción privativa de dichas ayudas.
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